España "Un enfermero no puede suturar". Spain "A nurse cannot suture"

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España "Un enfermero no puede suturar". Spain "A nurse cannot suture"

by

Enfermero Carlos Pulido

DUE


Muy buenas,

El otro día, recibí un mensaje de un muchacho bastante indignado, acusándome de difundir información errónea sobre la capacidad de los enfermeros para realizar cirugía menor y suturas.


Dijo que estaba generando falsas expectativas y lucrándome con ello, ofreciendo un curso gratuito.


Pero lo cierto es que, en España, los enfermeros pueden suturar, y quiero compartir contigo un poco de la historia legal detrás de esto.


La cirugía menor en enfermería ha estado regulada por diversas leyes a lo largo del tiempo en España.


Empezando por la Real Orden del 29 de junio de 1846, se creó el título de ministrante, habilitando a estos profesionales para realizar técnicas de cirugía menor.


Más adelante, en 1857, la Ley de Instrucción Pública sustituyó el título de ministrante por el de practicante, manteniendo las mismas competencias.


El 16 de noviembre de 1888, un nuevo reglamento asignó a los practicantes la cirugía menor, función de ayudante en cirugía mayor, la cura del operado y los cuidados de los enfermos.


Posteriormente, la Orden Ministerial de 26 de noviembre de 1945 estableció que la cirugía menor no es una técnica exclusiva de otra profesión.


A lo largo de los años, se sucedieron más leyes y decretos que mantuvieron o ampliaron las competencias en cirugía menor, incluso después de que la profesión de enfermería se incorporara a la universidad y se creara el título de Diplomado Universitario en Enfermería (DUE).


El Real Decreto 63/1995 del 20 de enero cita en el Anexo 1 la función de cirugía menor en atención primaria, y el Real Decreto 1277/2003 del 10 de octubre define la aparición de la cirugía menor en la cartera de servicios de Atención Primaria.



Ya ha llovido desde 1846.


Lo que sí no olvides que no podemos suturar y hacer cirugía como enfermeros con total autonomía.


El personal médico tiene la responsabilidad legal del correcto diagnóstico, la pertinencia de la sutura y la técnica si la realiza él o ella.


Por otro lado podrán delegar la parte técnica en enfermería, siendo el enfermero o la enfermera quien tenga la responsabilidad legal de la correcta ejecución técnica.



La verdad es que este mensaje me fue de gran ayuda y una gran motivación para seguir aportando y ayudando al respecto.


Creo que a todos nos ha pasado que por desconocimiento de algún tema nos equivocamos.


Creo también que el foco no debe ser tanto señalar, si no adoptar una actitud de responsabilidad, de qué esta en mi mano hacer, como puedo aportar a los demás y funcionar más como un engranaje.


Porque lo que importa es trabajar a gusto y dar lo mejor a las personas que atendemos, que antes o después seremos nosotros o alguien a quien queremos quien necesite un servicio sanitario.


Aprovecho para decir que hoy empiezan varias formaciones, una de ellas es el curso de suturas de heridas agudas online.


Para aprender a suturar de verdad.


Y a colación de este mensaje, todas nuestras formaciones de sutura están acreditadas para médicos y enfermeros.


Si quieres más información y apuntarte aún estas a tiempo. Eso sí el día 4/5/23 es el último día.


ASi quieres más información y matricularte pincha aquí



Un abrazo



PD: Espero que esta información te haya sido útil. En el curso, también te proporcionaremos un consentimiento informado que podrás utilizar en tu práctica profesional.

CARLOS PULITO GONZÁLEZ

Director Ejecutivo de Enfermería Evidente

Fuente


#TOCANDOVIDAS


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